La protección física es el proceso de prevenir colisiones entre aeronaves y obstáculos, como nuevas construcciones u otros objetos. Implica garantizar que los obstáculos no penetren las superficies de protección de obstáculos aplicables, incluidas las Superficies Limitadoras de Obstáculos (OLS) definidas en el Anexo 14 de la OACI.
En la práctica, sin embargo, no siempre es posible evitar las infracciones de estas superficies. Las penetraciones de las OLS pueden ser aceptables cuando una evaluación de obstáculos o un estudio aeronáutico demuestre que no tienen efectos adversos en la seguridad de las operaciones de vuelo. Por el contrario, incluso los objetos ubicados por debajo o fuera de las OLS pueden, en determinadas circunstancias, tener un impacto operativo.
La evaluación de obstáculos en las proximidades de los aeropuertos y sus efectos en la seguridad operacional del vuelo es una competencia fundamental de nuestro equip. Dichos análisis suelen incluir, entre otros:
evaluación con respecto al Anexo 14 de la OACI y las Superficies Limitadoras de Obstáculos CS-ADR-DSN de la EASA, incluida la Zona Libre de Obstáculos (OFZ) y otras superficies pertinentes;
evaluación del impacto en los procedimientos de aproximación y salida por instrumentos de conformidad con los PANS-OPS de la OACI (Doc 8168 de la OACI);
Con base en los resultados de la evaluación de riesgos, se podrán definir medidas de mitigación para garantizar que la seguridad del vuelo no se vea afectada negativamente. Cuando sea necesario, dichas medidas podrán incluir la optimización del desarrollo propuesto, así como ajustes a los procedimientos de vuelo locales o a las medidas operativas.